Sábado 20 Abril 2024

Penalizan violación en el matrimonio: 5 a 15 años de cárcel

El delito de violación dentro del matrimonio o concubinato fue incluido al Código Penal del Estado de Zacatecas, al aprobarse este jueves en la Legislatura local, el dictamen de la Comisión Legislativa de Seguridad Pública, respecto de las Iniciativas de reformas a diversas disposiciones del citado código.

Con 22 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, los diputados avalaron las reformas que de acuerdo a la iniciativa presentada "el objetivo de armonizar el marco jurídico conforme al espíritu y principios de los instrumentos internacionales de derechos humanos".

El artículo 236 del código señalaba que "Se sancionará con prisión de cinco a quince años y multa de veinte a cien cuotas a quien, por medio de la violencia física o moral, tenga cópula con una persona, cualquiera que sea su sexo. ..."

Por lo que fue añadido al mismo un párrafo que dicta que "Si entre el activo y el pasivo de la violación existiera un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja, se impondrá la pena prevista en el artículo anterior. Este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida".

En la iniciativa destaca también una adición al artículo 21, que obligará al Estado a "organizar el sistema penal, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como medios para la readaptación social del delincuente".

Asimismo se reforma el artículo 31, para garantizar a las mujeres violentadas obligue el resarcimiento del daño material y moral causados, así como la indemnización del perjuicio ocasionado incluyendo la atención médica y psicoterapéutica.

Se adiciona un artículo 31 bis, para que en los casos de delitos que sean perseguidos por querella y que impliquen cualquier tipo de violencia hacia las mujeres, menores de edad, incapaces, el perdón legal solo pueda otorgarse cuando se hayan reparado los daños y perjuicios ocasionados por la comisión del delito.

De igual manera el perdón se otorgará siempre y cuando exista el sometimiento del inculpado al tratamiento previsto en la Ley de Acceso a las Mujeres de una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas.