Viernes 29 Marzo 2024

Ratifica Trijez candidatura de Ingrid Medina en Guadalupe

El recurso de revisión fue promovido por Movimiento Ciudadano en Contra del IEEZ, el cual hacía la solicitud de sustitución de la candidatura de Ingrid Medina Díaz al cargo de presidenta Municipal en Guadalupe postulada por este partido.

En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), resolvió este recurso a favor de la candidata.

Los magistrados determinaron confirmar el acuerdo impugnado debido a que el partido actor no fundamentó de manera adecuada el motivo por el que solicitaba la sustitución, y en virtud de que Ingrid Medina Díaz no renunció en ningún momento a la candidatura, el pleno determino confirmar el acuerdo.

Sin sanción al DIF promovida por Morena
El partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) puso una denuncia en contra de Gobierno del Estado y la Dirección General del Sistema Estatal para el Desarrollo de la Familia, por la difusión de propaganda gubernamental consistente en la divulgación de un evento conmemorativo del Día de las Madres en la etapa de campañas del actual proceso electoral.

El Trijez determinó declarar la inexistencia de la infracción, puesto que la información difundida fue únicamente con el propósito de dar a conocer un evento conmemorativo del día de las madres.

Por lo tanto, la finalidad no fue influir en la etapa de campañas, ya que no se incluyeron nombres, voces, o símbolos que implicaran promoción personalizada de algún candidato o servidor público, ni frases ni imágenes que pudieran tener repercusión en el proceso electoral.

Sanción a Morena por colocar propaganda fuera del Estado
Un Procedimiento Especial Sancionador fue promovido por el PRI en contra de David Monreal Ávila y Morena, por la supuesta colocación de propaganda fuera de la demarcación territorial del estado de Zacatecas.

Al respecto, el pleno determinó declarar existente la infracción a la normatividad electoral, consistente en la realización de actos fuera del territorio del estado atribuida a los denunciados.

En virtud de haber quedado debidamente comprobada la existencia de propaganda fuera de la demarcación territorial se determinó imponer una amonestación pública a los denunciados.