Martes 23 Abril 2024

Propone diputada hasta 3 años de cárcel por acoso sexual

Lyndiana Bugarín

En sesión del Congreso local, la diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés presentó la iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Zacatecas, en materia de Derechos Humanos de las Mujeres.

Argumentó que la violencia contra las mujeres es una forma de discriminación y una violación a sus derechos humanos. Impide alcanzar una plena realización personal y obstaculiza su desarrollo.

Consideró establecer medidas legislativas que contemplen agravantes en delitos contra la libertad sexual cometidos hacia las mujeres en el Código Penal.

Entre otras cosas se establece que comete el delito de Acoso Sexual quien con fines lascivos, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente, lleve a cabo en contra de una persona, conductas sexuales verbales, físicas o ambas, que pongan en riesgo o causen daño a la integridad física o psicológica que lesionen su dignidad humana; se le impondrá pena de 1 a 3 años de prisión y multa de 3 a 8 cuotas.

Si se hiciera en contra de persona menor de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, la pena se duplicará.

Bugarín Cortés propuso además una iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones del Código Familiar del Estado de Zacatecas en materia de derechos de las mujeres.

La desventaja social, política y económica de las mujeres, expresó la diputada, se debe a una desigualdad que a través del tiempo y debido a las costumbres dentro del mismo núcleo familiar, han colocado a los hombres en posiciones de poder, supremacía y dominio, y a las mujeres, en posiciones de subordinación, inferioridad, desventaja y dependencia.

Estas desigualdades entre los géneros producen brechas en el desarrollo, en el acceso y disfrute a los derechos, el poder y la participación, en otros aspectos de la vida social; la propuesta tiene por objetivo reducir dichas brechas.

Entre otros aspectos, se establece que el cónyuge no podrá desconocer la paternidad de los hijos que durante el matrimonio conciba su cónyuge mediante técnicas de reproducción asistida, si hubo consentimiento expreso en tales métodos.