Viernes 19 Abril 2024

Víctor Armas no hizo actos anticipados de campaña en Facebook: Trijez

Aunque el exsecretario del Agua y Medio Ambiente difundió en Facebook propaganda gubernamental que contenía su nombre, imagen y voz, lo cual está prohibido, no incurrió en actos anticipados de campaña, determinó el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez).

En sesión pública, resolvió 2 procedimientos especiales sancionadores promovidos por Gabriela Maricela García Perales en contra del exsecretario Víctor Carlos Armas Zagoya, quien aspira a una diputación local por el PRI-PVEM-Panal.

Se le acusó que al ser secretario utilizó recursos públicos al difundir propaganda institucional con elementos de promoción personalizada en Facebook, lo que además pudo constituir actos anticipados de precampaña o campaña, afectando así la equidad en la contienda electoral.

En su defensa escrita, Armas manifestó que la difusión de los materiales audiovisuales se encontraba amparada en los derechos a la libertad de expresión y de información, y que contrario a lo señalado por la denunciante, no utilizó recursos públicos, sino propios.

Magistrados determinaron que, efectivamente, en su calidad de servidor público, Víctor Armas realizó promoción personalizada al difundir propaganda gubernamental en Facebook que contenía su nombre, imagen y voz, con la clara intención de que se le identificara como persona.

Señalaron que, en el tema de la libertad de expresión, de acuerdo a los parámetros constitucionales se ve limitada para quien tiene la calidad específica de servidor público, pues se establece que la propaganda gubernamental en ningún caso debe incluir nombres, imágenes o voces que impliquen promoción personalizada.

Además, se resaltó que, aunque las redes sociales son espacios de plena libertad que contribuyen a lograr una sociedad mayor y mejor informada, no constituyen espacios ajenos o al margen de los parámetros establecidos en la propia Constitución.

No obstante, las pruebas que existieron en los expedientes no acreditaron la utilización de recursos públicos.

Además, el denunciado no realizó llamados al voto en su favor, ni se posicionó con el fin de obtener una candidatura, por esa razón, el TRIJEZ determinó la inexistencia de actos anticipados de precampaña o campaña.

Se ordenó dar vista al gobernador y a la Secretaría de la Función Pública del Estado de Zacatecas, para que en el ámbito de sus atribuciones procedan conforme a derecho, por la difusión personal realizada.