Miércoles 24 Abril 2024

Aprueba Ieez disolución de coalición PRI-PVEM

Es procedente la solicitud de retiro del Partido Revolucionario Institucional (PRI) de la Coalición por Zacatecas, integrada junto con el Verde Ecologista de México (PVEM) para contender por diputaciones y ayuntamientos, determinó el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (Ieez).

Como consecuencia de la disolución, se anula el convenio respectivo, sin embargo, se dejan a salvo los derechos de los partidos políticos que la integraron, así como los procesos internos que llevaron a cabo, en su caso, para la selección y designación de sus candidatos.

Por tal motivo, las candidaturas que registren PRI y PVEM para las elecciones de diputaciones y ayuntamientos deberán garantizar la paridad de género vertical, así como horizontal en su vertiente cualitativa y cuantitativa, mediante la selección de un criterio que cumpla con las reglas siguientes:

Objetivo, medible, homogéneo, replicable, verificable y que observe el propósito de garantizar condiciones de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en términos del artículo 26 de los Lineamientos para el Registro de Candidaturas a Cargos de Elección Popular de los Partidos Políticos y Coaliciones.

En ese sentido, el Consejo General ordenó requerir al PRI y PVEM, dentro de un plazo de 48 horas contadas a partir del día siguiente al de la aprobación del presente acuerdo, den cumplimiento a este requerimiento.

 

Cumplimentan resolución del Trijez sobre reelección

El Consejo General del IEEZ celebró este martes 3 sesiones extraordinarias con carácter de urgente, en las que se dio cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez).

Se cumplimentó la resolución recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el número de expediente TRIJEZ-JDC-019/2018.

Con ello se modifican las porciones normativas atinentes de los artículos 11 y 12 de los “criterios para la postulación consecutiva de candidaturas a Diputaciones, Presidencias Municipales, Sindicaturas y Regidurías que realicen los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, así como las reglas para la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional”.

En el artículo 11 se precisa que “las diputadas y los diputados e integrantes de los ayuntamientos que pretendan contender por la vía de la elección consecutiva en el proceso electoral 2017-2018, deberán cumplir con los requisitos señalados en los artículos 53, 118, fracción III de la Constitución Política del Estado de Zacatecas; 12 numeral 1 y 14 numeral 1 de la Ley Electoral; 8 y 9 de los Lineamientos de Registro, 13 y 14 del Reglamento, según corresponda”.

Además, en el artículo 12 se señala que “para ejercer el derecho de presentarse a una elección consecutiva por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, no es necesario el requisito de separación del cargo, tratándose de elección consecutiva de diputadas y diputados e integrantes de los ayuntamientos”.