Jueves 28 Marzo 2024

Recibe Ieez material electoral para 2.508 casillas

Armarán paquetes para consejos distritales y municipales

550 urnas para elección de diputados locales, 550 urnas para la elección de ayuntamientos, 1.100 bases porta urna, 550 canceles, cajas para paquetes electorales, cintas de seguridad para sellado de urnas y cajas, entre otros elementos, fueron entregados al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (Ieez).

En 2.550 cajas contenedoras se entregó el material para la Jornada Electoral del domingo 1 de julio de 2018, para la renovación del Poder Legislativo y de los 58 ayuntamientos de la entidad.

Con estos insumos, y de acuerdo con el corte de la lista nominal de electores del 16 de abril, el Ieez proyecta la instalación de 2.508 casillas electorales para recibir la votación de 1 millón 162 mil 985 ciudadanas y ciudadanos.

Es importante que el Instituto cuente con el material electoral con la anticipación debida, para estar en condiciones de llevar a cabo el armado de los paquetes y enviarlos en mayo a los consejos distritales y municipales.

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El Ieez, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos, a cargo de Yazmín Reveles Pasillas, estuvo al cuidado de que se cumplieran los requerimientos indispensables para llevar a cabo la producción de los materiales que se utilizarán en el Proceso Electoral 2017-2018.

Por su parte, la empresa Formas Finas y Materiales S.A. de C.V. ofreció al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas la garantía de calidad en el producto; seguridad en el proceso de elaboración; así como la seguridad y oportunidad en la entrega.

Para esta labor, se observó lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de Elecciones, Capítulo VIII denominado “Documentación y Materiales Electorales”.
Ahí se precisan las directrices generales para llevar a cabo el diseño, impresión producción, almacenamiento, supervisión, distribución y destrucción de los documentos y materiales electorales utilizados en los procesos federales y locales, tanto ordinarios como extraordinarios, así como para el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero.

Asimismo, establece que la documentación y materiales electorales correspondientes a las elecciones locales, podrán contener aquellos elementos adicionales que mandaten las legislaciones estatales, siempre y cuando no se contrapongan a lo previsto por el capitulo de referencia y el Anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones.

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