Viernes 19 Abril 2024

Revoca tribunal federal sanción de Trijez contra Víctor Armas

Víctor Armas Zagoya

El pleno de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) en contra del excandidato a diputado local por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Resolvió que no encontró elementos de promoción que responsabilicen a Víctor Armas Zagoya de emplear recursos públicos en actos anticipados de campaña mientras se desempeñaba como secretario del Agua y Medio Ambiente del estado y posteriormente candidato a legislador local por el Distrito 3.

Lo anterior luego de que la regidora de Guadalupe, Gabriela Maricela García Perales. interpusiera 2 Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) este año ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), mismos que éste canalizó al Trijez, resultando en una sanción para el candidato a diputado local.

En días pasados, Víctor Armas acudió a la Sala Regional Monterrey al no estar de acuerdo con la resolución del Trijez, argumentando que no utilizó recurso público alguno con intención de promoverse de manera personal, mucho menos como actos anticipados de campaña, además de encontrar diferentes incongruencias, contradicciones y falta de claridad en dicha sentencia.

El Pleno de la Sala Regional Monterrey del TEPJF dictaminó como sentencia definitiva que no resultaba procedente que, a partir de una misma propaganda gubernamental, se analizará la existencia de actos anticipados de precampaña como de campaña.

Concluyó que no hay delito por ejercer su libertad de expresión y contrario a lo señalado por la denunciante, Víctor Armas no utilizó recursos públicos, sino propios, atendiendo y, avalando los escritos que presentó en su defensa, argumentó que la difusión de los materiales audiovisuales se encontraba amparada en el derecho a la libertad de expresión y el derecho de información.

De igual manera, los magistrados de la Sala Regional Monterrey concluyeron que el análisis realizado por el Trijez resulta incorrecto en el ejercicio de tipicidad de los hechos denunciados y al sancionar en doble ocasión por los mismos actos atribuidos.