Martes 16 Abril 2024

Buscan aumentar penas a conductores ebrios

Oswaldo Caldera, director de la Policía de Seguridad Vial

De 1 a 3 años de cárcel sería la pena por el delito de conducción punible, de aprobarse la reforma al Código Penal vigente en Zacatecas, propuesta por el Ejecutivo estatal, informó Osvaldo Caldera Murillo, director de la Policía de Seguridad Vial.

Actualmente, el artículo 144 establece que la sanción solo es de 3 meses a 1 año de prisión, además de que se maneja como “pena alternativa”, es decir, que no amerita la prisión preventiva a menos de que exista una sentencia emitida por un juzgado o un juez.

Bajo esta dinámica, el Ministerio Público llevó la carpeta de investigación tras el homicidio culposo del perito de Seguridad Vial Jesús Ahumada Castañón, quien fue arrollado por un conductor ebrio la madrugada del sábado, dijo Caldera Murillo.

Se vinculó a proceso al responsable por homicidio culposo, debido a la pérdida de la vida del policía de Seguridad Vial; por lesiones, ya que fue afectado el operador de una grúa que se encontraba maniobrando en el lugar; por daños en las cosas, pues impactó un y a la grúa, y por conducción punible, al circular en estado de ebriedad.

Determinó el Ministerio Público sancionarlo con una medida cautelar, que establece que se tendrá que presentar cada 15 días, hasta que se desahogue la carpeta de investigación, y a la primera falta que tenga se le podrá dictar sentencia de prisión preventiva, para garantizar que no salga del estado.

Caldera Murillo comentó que el Código Penal actualmente establece la pena de 3 meses a 1 año por la conducción punible, multa de 5 a 20 cuotas, y 1 año de suspensión de licencia, sanción que consideró como “obviamente muy baja”.

Con la iniciativa que ya se encuentra en el Congreso local, pasaría de 1 a 3 años de prisión preventiva; multa de 20 cuotas a 100 cuotas y la suspensión de licencia por 3 años. Con la modificación, se busca que realmente se pueda llevar a la cárcel a los responsables.

Propuso que para fortalecer las sanciones a conductores ebrios, aparte de las multas sería conveniente “guardarlos” 42 horas como en el llamado ‘torito’ en la Ciudad de México, pero tendría que establecerse como sanción administrativa, no necesariamente como un delito tipificado.

Se analizará qué más es necesario modificar en el Código Penal, que tiene más de 30 años sin reformarse en este sentido, con base en las necesidades que se presenten de manera operativa, y con un previo estudio jurídico técnico.

Dijo el director que ya es una época en la que hay más automovilistas, es costumbre salir a tomar unos “tragos” y hay muchos bares, por lo que es necesario actualizar las sanciones.

De aprobarse la reforma, los policías de Seguridad Vial tendrán la facultad de poner a disposición del Ministerio Público a cualquier conductor que se encuentre en estado de ebriedad; “independientemente de las penas administrativas que nosotros emitamos, tendrá responsabilidad administrativa y penal”.

Por lo pronto se intensificarán los operativos Alcoholímetro, y no por el hecho de que haya fallecido un compañero, sino por la sociedad en general, afirmó.

Oswaldo Caldera comentó que en lo que va del año se ha reducido aproximadamente en 50% el número de accidentes de consumo de alcohol, pero en este caso destacó por tratarse de un elemento.

En los últimos años es el primero que pierde la vida realizando sus funciones, sin embargo, varios han sido atropellados y los accidentes ocurren con frecuencia.

Uno de ellos fue hace 2 años, y el agente ya no quedó en condiciones de seguir prestando sus servicios operativos y ahora se encuentra en un área administrativa; otro ocurrió hace 8 meses, cuando un elemento motociclista fue sacado del camino y se le quebró la quijada y perdió toda la dentadura.