Jueves 28 Marzo 2024

Propone diputada tipificar delito de turismo sexual en Zacatecas

Perla Martínez propone hasta 12 años de cárcel

Ha ido en aumento la práctica del turismo sexual, al grado de que México ya es considerado como “el Bangkok de Latinoamérica”, pues estima que 20 mil menores han sido víctimas de prostitución en el país, de acuerdo con el Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna).

Si bien es cierto que los estados en donde se lleva a cabo con mayor frecuencia son los que cuentan con playas o se encuentran en las fronteras, en el estado de Zacatecas también se comete este delito con regularidad, alertó la diputada Perla Guadalupe Martínez Delgado.

A fin de tipificarlo en la entidad, la legisladora priísta propuso adicionar al Título Sexto del Código Penal para el Estado de Zacatecas, un capitulo III denominado “Turismo Sexual en contra de personas menores de edad y de personas que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho”.

En sesión del Congreso del Estado, presentó datos de diversas organizaciones internacionales y nacionales, recabadas por la Fundación “Y quien habla por ti”, que ha elaborado diversos estudios respecto a la violencia sexual cometida en contra de menores de edad:

  • Cada año se producen más de 600 millones de viajes turísticos internacionales. 20% de estos viajeros busca sexo en sus desplazamientos, de los cuales 3% confiesa tendencias pedófilas; esto supone más de 3 millones de personas que viajan por el mundo buscando sexo con niños.
  • 60% de niños que son usados para prostitución son menores de 16 años.
  • El turismo sexual infantil es un cáncer que ha crecido silenciosamente durante los últimos 15 años, ubicando a México en el deshonroso segundo lugar donde ocurre este delito, después de Tailandia.
  • Hay paquetes exclusivos para pederastas que incluyen hotel y niño, de acuerdo con el Observatorio de violencia social y de género de Benito Juárez para la Secretaría de Turismo.

Señaló la diputada que en la actualidad este delito es reconocido en la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de Zacatecas, pero no así en el Código Penal estatal, de tal forma que únicamente se establecen medidas para su prevención y no sanciones para quienes lo promuevan o lo ejerzan.

Dicha ley establece que le corresponde a la Secretaría de Turismo “desarrollar campañas institucionales de prevención de la trata de personas en los municipios considerados centros turísticos de la entidad, con el propósito de desalentar el turismo sexual”

Es indispensable sin embargo, contar con una base normativa fuerte, de la cual deriven acciones de gobierno consistentes que atiendan la inmediatez del problema, y para castigar de forma severa a todos aquellos que promuevan o cometan este delito.

Hasta 16 años de cárcel
Perla Martínez propuso adicionar al Título Sexto del Código Penal para el Estado de Zacatecas un capitulo III denominado “Turismo sexual en contra de personas menores de edad y de personas que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho”, conformado por los artículos 186 Bis y 186 Ter.

Establece que cometerá este delito quien promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio del estado con la finalidad de que realice cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de edad, o con una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho.

A quien cometa este ilícito se le impondría una pena de 7 a 12 años de prisión y multa de 200 a 300 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria en el momento de la comisión del delito.

De igual forma, pretende establecer sanciones y penas no sólo a quienes promuevan el turismo sexual, sino también a quien realice cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados, con una o varias personas menores de edad o con una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, en virtud del turismo sexual.

En este caso la pena sería de 12 a 16 años de prisión y multa de 300 a 800 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria en el momento de la comisión del delito.

Asimismo, propone que quien cometa este tipo de actos no sólo cumpla su pena, sino que también sea sujeto a un tratamiento psiquiátrico especializado.