Viernes 19 Abril 2024

Conoce cuánto recibirán los partidos en Zacatecas en 2020

Aprueba IEEZ financiamiento público

65 millones 718 mil 882 pesos recibirán como financiamiento público los partidos políticos para el sostenimiento y desarrollo ordinario de sus actividades permanentes para el ejercicio fiscal de 2020.

Para actividades específicas, se les entregará 1 millón 971 mil 566 pesos, determinó el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), en sesión extraordinaria.

Los importes serán ministrados en forma mensual por la Dirección Ejecutiva de Administración de la Junta Ejecutiva del IEEZ dentro de los primeros 15 días de cada mes; excepto la ministración de enero, que será entregada a más tardar antes de que éste concluya. Dicha Dirección podrá, en su caso, efectuar las retenciones correspondientes.

Para recibir las ministraciones mensuales, los partidos políticos deberán acreditar los requisitos establecidos por el artículo 96 de la Ley Electoral.

En ella se establece que cada partido político deberá contar con un órgano interno estatal como único encargado de recibir, registrar, controlar y administrar su patrimonio, incluyendo los recursos que conforman su régimen de financiamiento.

También dispone la presentación de los informes financieros trimestrales y anuales que deberán presentar a la autoridad fiscalizadora, en los términos previstos en las Leyes Generales, la propia Ley Electoral y demás normatividad aplicable.

Por lo que respecta a los partidos locales Paz para Desarrollar Zacatecas, Movimiento Dignidad Zacatecas, Partido del Pueblo y La Familia Primero, su registro tendrá efectos constitutivos a partir del 1 de julio de 2020.

Éstos participarán del financiamiento público para el sostenimiento y desarrollo ordinario de sus actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas, como entidades de interés público, en la parte proporcional que corresponda a la anualidad.

El acuerdo del Consejo General establece que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 86 de la Ley Electoral, no tendrán derecho al financiamiento público los partidos políticos que no hayan obtenido por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en la elección de diputados inmediata anterior.

En la misma situación estarán los que no registren, en la elección correspondiente, por lo menos candidatos en 13 distritos uninominales o candidatos en por lo menos 30 ayuntamientos.

Distribución del Financiamiento Público anual a los partidos políticos

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