Jueves 28 Marzo 2024

Hasta 7 años de cárcel por ciberacoso propone diputado

Héctor Menchaca presenta iniciativa

Zacatecas se encuentra entre las 3 entidades donde mayor prevalencia de ciberacoso se tiene registro, con un 21.4 por ciento de usuarios de Internet que lo han padecido, solo por debajo de Tabasco y Veracruz, de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).

Asimismo, ocupa el cuarto lugar de las entidades con el más alto porcentaje de mujeres que sufrieron esta modalidad de hostigamiento, con un 22 por ciento, solo por debajo de Veracruz con 25.6 por ciento, Aguascalientes 23.4 por ciento y Tabasco 22.9 por ciento.

“Lo preocupante es que quienes usan más el internet son los niños y jóvenes, con el 79.9 por ciento del grupo de edad entre 12 a 17 años de edad y 42. 2 por ciento entre 6 a 11 años de edad, mismos que se encuentran desprotegidos”, dijo el diputado local Héctor Menchaca Medrano.

Lamentó que el uso de las nuevas tecnologías de la información facilite el anonimato del agresor y como consecuencia dificulte que tal conducta sea castigada, al estar el acosador detrás de un dispositivo dando oportunidad a dicha conducta, desde cualquier lugar, posiblemente por largo tiempo.

Con el fin de aumentar las penas y establecer nuevos supuestos en materia de ciberacoso, en sesión del Congreso del Estado, Héctor Menchaca presentó una Iniciativa para reformar el Código Penal para el Estado de Zacatecas.

Actualmente se contempla un castigo de 5 meses a 3 años de prisión y una multa de 10 a 50 cuotas.

Esta penalidad que no va acorde a la realidad, ya que durante la exposición de motivos el legislador detalló cómo este delito va en aumento y en Zacatecas, particularmente, tiene mayor prevalencia.

“El ciberacoso, consiste en el uso intencionado de las tecnologías de la información y la comunicación por parte de algún individuo, con la intención de hostigar, acosar, intimidar, insultar, molestar, humillar o amenazar a otro individuo”, explicó el diputado.

“Esta acción está caracterizada por la conducta deliberada, realizada a través de medios electrónicos o digitales por individuos o grupos de individuos que, de forma reiterada, envían mensajes hostiles o agresivos a otros individuos, o sobre otros individuos, con la intención de infligir daño a las víctimas”, subrayó Héctor Menchaca.

La iniciativa del integrante de la Fracción Legislativa del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) contempla reformar el primer párrafo del artículo 233 Bis del Código Penal para el Estado de Zacatecas, para quedar de la siguiente manera:

Al que a través de internet, teléfono móvil o cualquier tecnología de la información, comunicación o redes sociales contacte a una persona de cualquier género y edad para obtener contenido sexual o pornográfico de la persona o el menor y amenace con difundirlo por cualquier medio o concertar un encuentro sexual con el mismo, se le impondrá una pena de 3 años a 7 años de prisión y multa de 25 a 80 cuotas, más el pago de atención psicológica y daños provocados por el imputado”.

Cuando el contacto se haga a través del engaño o la violencia física o moral, o bien, cuando exista una relación de parentesco, trabajo o amistad entre la víctima y el imputado, la pena se aumentará hasta en una mitad más.

Se sancionarán tales conductas con independencia de que pudiere resultar cualquier otro delito.

Menchaca Medrano reconoció a los estudiantes de la Universidad Sierra Madre, Campus Zacatecas, quienes gracias a su inquietud y talento por mejorar el estado e incidir en la toma de decisiones participaron en la elaboración de dicha propuesta.

Características y tipos de ciberacoso
En su iniciativa, Héctor Menchaca describió en qué consiste este delito y las distintas formas en las que se manifiesta.

  • Se trata de un acto deliberado de agresión, mediante el cual el acosador (o acosadores) busca provocar daño a la otra persona, como medio para mantener el control sobre la víctima o someterla.
  • La víctima sufre un hostigamiento o acoso que le afecta física y emocionalmente, causando el deterioro de su autoestima y dignidad personal, dañando su estatus social y provocándole victimización psicológica, estrés emocional y rechazo social.
  • Conducta repetida y/o duradera en el tiempo; el comportamiento del agresor refleja un patrón de comportamiento (no es un incidente aislado, sino una conducta que se mantiene o repite a lo largo del tiempo).
  • El acoso u hostigamiento sobre la víctima se realiza a través de chats, teléfonos móviles, mensajes de texto, correos electrónicos, redes sociales, servicios de mensajería y otros dispositivos digitales, lo que lo diferencia del acoso tradicional o cara a cara.

De la misma forma que hay características que describen al ciberacoso, existen tipos de esta práctica, tales como:

  • Flaming:Consiste en enviar mensajes electrónicos con lenguaje vulgar, o discursos incendiarios para incitar a la pelea.
  • Acoso: Incluye también mensajes ofensivos, pero se prolonga por mucho más tiempo.
  • Denigración: Consiste en generar y difundir mentiras sobre alguien para destruir su reputación o alejar a sus amistades.
  • Imitación o enmascaramiento: El atacante finge ser otra persona para destruir la reputación o relaciones sociales de la víctima.
  • Cyberstalking (persecución cibernética): Incluye altos grados de intimidación o amenazas de daño que hacen a la víctima temer por su seguridad.
  • Outing: Se comparten sin permiso secretos o información comprometedora sobre la víctima, incluyendo fotos y mensajes.
    Engaño: El agresor usa mentiras para que la víctima revele información personal muy delicada.
    Exclusión: Actos intencionados para mantener a la víctima excluida o alejada del grupo.

Indicó el legislador que el ciberacoso es una práctica perjudicial para la salud mental y física de los individuos que la padecen, teniendo como efectos negativos el ausentismo escolar, abuso en consumo de drogas, depresión y otros problemas psicológicos, desarrollo de baja autoestima, cambios en comportamiento, relaciones deterioradas con sus padres.

En casos extremos puede llegarse al suicidio; 1 de cada 3 víctimas de ciberacoso se ha autolesionado por este motivo y 1 de cada 10 ha intentado suicidarse.